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EN ES

Marca EL SALVADOR

Con respecto a la marca “El Salvador”: esta circunstancia es regulada en el artículo 8  literal k de la Ley de Marcas y otros signos distintivos, la utilización de la misma (El Salvador), por parte de personas naturales o jurídicas debe de contar con la autorización expresa de este Ministerio.

REQUISITOS PARA TRÁMITE DE USO DE MARCA
(UTILIZACIÓN DE LA PALABRA “EL SALVADOR” O SÍMBOLOS PATRIOS)

1- Solicitud: Escrito dirigido al Señor Ministro de Gobernación y Desarrollo Territorial, firmado por el solicitante y autenticado por Notario Público; estampar el sello de la Entidad a la que representa, si fuere el caso.

CONTENIDO DE LA SOLICITUD:

a) Generales del Solicitante: Nombre completo de la persona quien suscribe la solicitud y sus generales.

b) Parte Expositiva:

• Las razones por las cuales registrará su marca, ante la Dirección de Propiedad Intelectual del Centro Nacional de Registros (CNR).

• Descripción de la marca, en la que se determine con claridad y precisión los elementos esenciales o su principal signo distintivo; qué se pretende comercializar con lo solicitado o qué tipo de servicios brindará con la marca a registrar; cuál es el objetivo que se percibe con el registro de la marca solicitada.

• Establecer de forma precisa y concreta, los productos (mercancías) o servicios que distinguirá la marca (una lista que contenga el nombre de los productos o servicios que distinguirá la marca, conforme a la clasificación establecida en el Art. 85 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, con indicación de la clase a que correspondan), si es que corresponde a una.

c) Parte Petitoria: Indicación concreta de lo que se pide; establecer la dirección en dónde estará radicada la marca requerida; nombre completo y número de identificación de la persona encargada de diligenciar el trámite solicitado; y lugar y fecha de la solicitud (dirección exacta), número de teléfono y firma autógrafa del solicitante que podrá gestionar con firma y sello de Abogado Director, mandatario o representante legal.

2- Ejemplar de la marca a Registrar: Cuando la marca estuviese constituida por algún elemento denominativo y éste tuviese significado en un idioma distinto al castellano, se deberá de incluir una traducción de la misma.

3- Fotocopia Certificada de DUI y NIT, del Solicitante o Representante Legal de la Entidad.

4- Fotocopia Certificada de NIT y Carnet del IVA de la Entidad.

5- Fotocopia Certificada de la Escritura de Constitución de la Entidad, Inscrita en el Centro Nacional de Registros, Registro de Comercio.

6- Fotocopia Certificada de la Credencial de la Junta Directiva de la Entidad, vigente e Inscrita en el Centro Nacional de Registros, Registro de Comercio.

7- Fotocopia Certificada de la Escritura de Poder del Representante Legal de la Entidad, Inscrita en el Centro Nacional de Registros, Registro de Comercio.

8- Documento Original o Fotocopia Certificada, de la Precalificación (prevención) de la
marca a registrar, emitida por la Dirección de Propiedad Intelectual, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

RESPECTO AL MANDAMIENTO DE PAGO:

El Mandamiento de pago por la cantidad de $115.00, en concepto de derecho por la autorización y certificación de resolución, se proporcionará posteriormente a la presentación de la documentación requerida para el trámite de uso de marca, en conformidad al Acuerdo Ejecutivo número 1724 de fecha 05 de noviembre de 2012, en el Ramo de Hacienda, publicado en el Diario Oficial, Tomo No. 397, de fecha 12 de noviembre de 2012, Número 211.

Presentar solicitud y documentación certificada por Notario anexa, a la Dirección Jurídica del Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial, Nivel 6°.

CONSULTAS: AL 2527-7189 2527-7181 2527-7000
DIRECCIÓN JURÍDICA
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL

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